CANAL ÉTICO
¿Qué se consideran incumplimientos normativos?
A título de ejemplo, sin ánimo excluyente ni limitativo, se consideran incumplimientos normativos, entre otros:
- Fraudes y estafas
- Blanqueo de capitales
- Evasión o elusión de impuestos
- Delitos contra la propiedad intelectual o industrial
- Competencia desleal
- Delitos contra el mercado o los consumidores
- Corrupción interna
- Irregularidades con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria
- Incumplimiento de la normativa sobre protección de datos
- Revelación de secretos empresariales
- Malversación
- Delitos contra el medio ambiente y la salud pública
- Vulneración de derechos de los trabajadores
¿Quién puede presentar una comunicación?
Cualquier persona de la empresa y aquellas personas externas que estén o hayan estado vinculadas o relacionadas con la misma en un contexto laboral o profesional.
¿Cómo puedo realizar una comunicación?
Se puede cursar de forma verbal, escrita o presencial siguiendo los pasos indicados en el formulario del Canal Ético. Asimismo, la comunicación puede ser anónima.
¿Cómo se tramitará la comunicación?
Se tramitará garantizando la confidencialidad y prohibición de represalias a la persona informante.
¿Se garantiza la protección a la persona informante?
El sistema interno de información reúne las garantías de confidencialidad, respeto a la independencia, la protección de datos, secreto de las comunicaciones y las prácticas correctas de seguimiento, investigación y protección de la persona informante.